Carta de la Comisíon de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona y otras entidades

(Publicada el 3 de Abril de 2012)

La Comisión de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona y la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Girona, junto con el Observatorio de los Derechos Económicos Sociales y Culturales de Barcelona (DESC), Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona (FAVB), el Observatorio de los Sistemas Penales de la Universidad de Barcelona y la Asociación Catalana de Defensa de los Derechos Humanos (ACDDH) han tenido conocimiento a través de los medios de comunicación y de los letrados y letradas personados en las diligencias ante el Juzgado de Instrucción núm. 18 de Barcelona, que se ha ordenado el ingreso en prisión de tres jóvenes participantes en las acciones de la huelga general del pasado jueves, 29 de marzo.

Las entidades mencionadas consideran que la decisión adoptada supone una vulneración de la presunción de inocencia y supone la aplicación al derecho de protesta de doctrinas preventivas absolutamente contrarias al ordenamiento jurídico español.

Para empezar, ninguno de los huelguistas encarcelados ha sido imputado por los hechos ocurridos en la tarde del día 29 de marzo en el centro de la ciudad de Barcelona. Las acusaciones, en realidad, están centradas en la figura de los desórdenes públicos y de los actos contra la autoridad. Dado que ninguno de los tres jóvenes tiene antecedentes penales, la prisión provisional resulta una medida especialmente desproporcionada e innecesaria, sobre todo en relación con unas imputaciones que, incluso en caso de condena, no conllevarían la entrada en prisión de los acusados.

Para justificar su decisión, la Magistrada alega que existe riesgo de reiteración delictiva, ya que los imputados podrían alterar el orden en otros eventos que tendrán lugar en Barcelona las próximas semanas, como los actos del día del trabajo, la cumbre de bancos centrales europeos o el partido de fútbol que tendrán que disputar el FC Barcelona y el RCD Espanyol. Este argumento es inconsistente y contrario a derecho. Para no vulnerar la presunción de inocencia, la previsión de reiteración delictiva debe estar basada en datos objetivos acreditadas en el expediente judicial. En este caso, no hay ningún elemento de peso que abone esta suposición. Las personas imputadas ni tienen antecedentes penales, ni se ha acreditado que tengan nada que ver con el mundo del fútbol, ​​y mucho menos que puedan llegar a ejercer su legítimo derecho de protesta de manera ilícita y delictiva.

En realidad, todo indica que la decisión de privar de libertad a los tres jóvenes detenidos por la mañana no se ha basado en lo que puedan haber hecho, sino en lo que sucedió al atardecer las calles de Barcelona, ​​con posterioridad a la suya en la su detención. Resulta obvio que un razonamiento de este tipo obedece a consideraciones de alarma social que obstaculizan el funcionamiento normal de la administración de justicia, que están claramente prohibidas en el ordenamiento jurídico español, y que atentan, en definitiva, contra el principio de responsabilidad individual en virtud del cual nadie puede ser sancionado por hechos de otros que no hubiere concertado o en que no haya participado.

Los encarcelados merecen una decisión ajustada y proporcionada a sus circunstancias y a los hechos concretos que les son imputados. Una resolución judicial de privación de un derecho tan esencial como es la libertad no puede justificarse en comportamientos futuros que ni un magistrado ni la sociedad pueden conocer de antemano. En caso contrario, se estaría aceptando una deriva peligrosa, que en un momento de crisis y de ajustes severos, comportaría la criminalización preventiva de la protesta ciudadana y la desnaturalización de derechos fundamentales para la existencia de una sociedad democrática.

Comisión de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona
Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Girona
Observatorio de los Derechos Económicos Sociales y Culturales de Barcelona (DESC)
Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona (FAVB)
Observatorio de los Sistemas Penales de la Universidad de Barcelona
Asociación Catalana de Defensa de los Derechos Humanos (ACDDH)

Fuente: http://llibertatestudiants29m.blogspot.com.es/2012/04/comunicat-conjunt-dels-collegis.html

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